Por David Pérez Arce
Lo que se debe tener presente, es que el feriado legal de los días de Fiestas Patrias, 18 y 19, es una obligatoriedad respetarlo, especialmente en los supermercados, que son los establecimientos comerciales que tienen la mayor afluencia de público.
La recomendación, es asegurar el abastecimiento de comestibles con la debida antelación, y recurrir a los establecimientos del comercio detallista, el que seguirá laborando, en barrios y poblaciones, pues estos establecimientos no tienen trabajadores, dado que generalmente son atendidos por su dueños, en una empresa de carácter familiar.
Para este comercio detallistas no corre el horario pre-establecidos, permitiendo que su clientela disponga de un horario más amplio para ser atendido.
