El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua condenó a la pena de 7 años de presidio a Jonathan Antonio Navarro Salinas como autor del homicidio de Iván Sandoval Moya, ocurrido el 1 de febrero de 2014, en el sector de Costa del Sol de la capital regional.
En el fallo (causa rol 16-2016), el tribunal -integrado por los magistrados Marcela Paredes Olave, Joaquín Nilo Valdebenito y Roberto Cociña Gallardo- estableció que: “El día 01 de febrero de 2015, en horas de la madrugada, la víctima y el acusado Jonathan Navarro se encontraban en el domicilio de este último, circunstancia en que el imputado al manipular un arma de fuego que tenía en sus manos, disparó dolosamente en contra de la víctima, al que le produjo una herida penetrante torácico por proyectil balístico lo que le provocó la muerte».
Respecto de la pena, el tribunal concluyó que: «No concurre la atenuante del artículo 11 N° 9 del Código Penal, esto es, la colaboración sustancial con el esclarecimiento de los hechos, al tenor de la declaración del acusado, pues buscó rebajar su responsabilidad penal en forma ficticia procurando dar cuenta de una actuación negligente o imprudente en la manipulación del arma de fuego y en dicho contexto no puede valorarse tal relato como una aportación hacia el esclarecimiento de los hechos. Es innegable que tampoco concurre la atenuante del artículo 11N° 8 del Código Penal, que premia a quien pudiendo eludir la acción de la justicia por medio de la fuga u ocultamiento, se denuncia o confiesa el delito. En este caso, el hechor lo primero que hace es negar responsabilidad, y no solamente aquello sino que además, imputa la responsabilidad en el mismo a un tal «Toño» con lo cual es imposible desprender que se haya denunciado o confesado el delito; muy por el contrario».
El tribunal condenó, además, al pago de las costas del juicio y por la extensión de la pena impuesta el condenado no puede recibir el beneficio de pena sustitutiva, por lo que deberá cumplir la condena en forma efectiva.
