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PDI y la Investigación de Delitos Medioambientales en la región

(columnapdi)

El medio ambiente es un sistema global constituido por elementos naturales y artificiales de naturaleza física, química o biológica, socioculturales y sus interacciones, en permanente modificación por la acción humana o natural y que rige y condiciona la existencia y desarrollo de la vida en sus múltiples manifestaciones (Artículo 2 letra ll), Ley 19.300 Sobre Bases Generales del Medio Ambiente). Todos estos factores, influyen sobre los otros, así un ambiente limpio y libre de contaminación, favorece un desarrollo saludable de las personas, la fauna y la flora.

 

La preocupación por los peligros que representan para el medio ambiente y la salud de las personas, ciertas actividades potencialmente contaminantes, propias de un Estado en desarrollo económico y social, conllevan a que Chile posea una legislación penal ambiental que procure su protección. El marco legal en materia de delitos contra el medio ambiente, patrimonio cultural y la salud pública, es la Constitución Política de la República de Chile, cuyo artículo 19º numeral 8 asegura a todas las personas el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, entregando al Estado la misión de velar para que este derecho no sea afectado y tutelar la preservación de la naturaleza.

 

La legislación chilena, no cuenta con la tipificación del “delito medioambiental” propiamente tal, ni tampoco con un solo cuerpo legal que norme sobre la materia, sino por el contrario, existen numerosas legislaciones, siendo el principal de éstas el Código Penal. Cabe señalar, que por poseer nuestra legislación medioambiental una variedad de leyes, es posible que un hecho que reviste caracteres de delito, pueda ser tipificado por distintas normativas, que revisten diferentes sanciones, como ocurre por ejemplo en la contaminación, que está tipificada en el Artículo 291 del Código Penal y en el Artículo 136 de la Ley de Pesca y Acuicultura. Dentro de los delitos investigados por contaminación, los más recurrentes tienen relación con descargas de desechos a cuerpos de agua provenientes principalmente de actividades industriales de diversa naturaleza. En este orden, destacan también investigaciones relacionadas a denuncias que realizan vecinos por malos olores, presencia de vectores en sus hogares, enfermedades o intoxicaciones, que los afectados relacionan al funcionamiento cercano de empresas asociadas al rubro agropecuario.

 

En caso que usted esté en presencia de algún delito de carácter medioambiental, como los nombrados anteriormente, puede hacer la denuncia  en forma anónima llamando al nivel de emergencias 134 de la PDI, y recuerde que siempre es importante es el resguardo de su integridad y del medioambiente.

 

 

Comisario Juan Ángelo Gacitúa

jefe Bicrim Rancagua de la PDI

 

 

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