Por David Pérez Arce
El que los temas del fútbol vayan a parar a los tribunales, es algo que se viene repitiendo con cierta frecuencia.
Aquí está el caso de Colchagua, apeló a una derrota sufrida ante Mejillones, derrota que los hacía descender a la tercera división y al apelar, tras la denuncia que formulara, se entregó el siguiente fallo, ni en cancha, sino en el estrado de un tribunal.
En su parte relevante señala la denuncia, que el señor Carreño hizo ingreso al estadio Municipal de Mejillones junto a la delegación oficial del Club de Deportes Municipal de Mejillones, indica. Que una vez comenzado el encuentro el señor Carreño se mantuvo a un costado de la banca del citado club separado tan solo por una reja, impartiendo instrucciones a sus ayudantes. Señala a continuación, que una vez finalizado el primer tiempo el citado director técnico se dirigió a la zona de camarines a dar instrucciones a los jugadores, situación que habría sido percibida por parte del equipo técnico del club deportes Melipilla.
El fallo, de acuerdo al artículo 49 del Código de procedimiento y penalidades, no es apelable para Mejillones “No son apelables las sanciones que se impongan por desacato y las multas a los clubes con ocasión de atraso en el ingreso del equipo al campo de juego, y las demás que se señalan como inapelables en el reglamento base” indica.
El tribunal de la ANFP confirmó el hecho y le quitó tres puntos a los nortinos, de hecho que salvó al equipo de la herradura.
