Junto al matrimonio igualitario, la solución amistosa contempla la reforma o derogación de los artículos 365 y 373 del Código Penal y del reglamento que faculta a las iglesias decidir quiénes pueden hacer clases de religión. Además garantiza reforma a la ley Zamudio y al Acuerdo de Unión Civil, así como institucionalidad antidiscriminatoria y derechos para las mujeres trans, lesbianas, y bisexuales y ley de identidad de género
Con una ceremonia en el Puente de los Enamorados, el vocero de Gobierno, Marcelo Díaz dio hoy a conocer los contenidos de la solución amistosa a la que llegó el Estado de Chile con el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh), tras una demanda internacional presentada por dicho organismo por la prohibición del matrimonio igualitario en Chile.
A la ceremonia también asistieron las ministras de Salud, Carmen Castillo, y de la Mujer, Claudia Pascual, quienes junto a los ministros de Relaciones Exteriores, Heraldo Muñoz; de Educación, Adriana Muñoz y de Justicia firmaron la iniciativa.
También estuvieron presentes el Embajador de la Unión Europea, Rafael Dochao, Lea Cato de la Sección Política de la Embajada de Estados Unidos y Jorge Monardes y Stephane Abran, una de las tres parejas que judicializaron la lucha por el matrimonio igualitario en Chile.
En la ocasión el Movilh distinguió el director del Departamento de Derechos Humanos de la Cancillería, por su aporte para la consolidación de la solución amistosa.
Con el acuerdo, el Estado reconoce que la prohibición del matrimonio igualitario constituye una violación a los derechos humanos y en ese sentido, el Gobierno presentará un proyecto de ley el primer semestre del 2017. Pero más aún, el Estado define al matrimonio igualitario “como un asunto que constituye un interés legítimo en una sociedad democrática e inclusiva”, por lo que adoptará “las medidas necesarias, incluidas acciones de promoción, para impulsar la iniciativa”.
Junto a ello, el Estado se compromete a impulsar todas y cada de las propuestas y demandas históricas de las personas lesbianas, gays, bisexuales, transexuales e intersexuales (LGBTI) de Chile, detallándolas una a una y fijando un claro cronograma para su implementación.
“Estamos en presencia de un antes y un después en la historia de los derechos humanos de la diversidad sexual en Chile, donde por primera vez todos los desafíos pendientes en materia de igualdad y no discriminación en el campo legal y de las políticas públicas son asumidos como un compromiso de Estado”, indicó el dirigente del Movilh, Rolando Jiménez, destacando en forma especial el aporte de la presidenta Bachelet.
“Expresamos la presidenta Bachelet nuestra valoración por posibilitar una solución amistosa que destaca tanto por sus medidas, como por proteger a los derechos humanos de las oscilaciones ideológicas de las autoridades de turno”, apuntó el Movilh.
I.- Contenidos del acuerdo
1.- Compromisos generales del acuerdo
Con la solución amistosa el Estado reconoce los hechos que dieron lugar a la denuncia del Movilh, organismo que acusó violación a los derechos humanos al prohibirse el matrimonio igualitario.
En ese sentido, el Estado se muestra “de acuerdo en la necesidad de seguir perfeccionando las bases institucionales para evitar la discriminación en contra de la población LGBTI (Lesbianas, gays, bisexuales, transexuales e intersexuales). Asimismo, reconoce la necesidad de mejorar y adecuar sus políticas públicas y legislación a objeto de garantizar el goce efectivo de los derechos de este grupo de personas”.
A la par, añade el acuerdo, “el Estado velará para que las políticas públicas y legislación futura promuevan la dignidad de todas las personas, sin distinción por su orientación sexual e identidad de género”.
2.- El matrimonio igualitario
El Estado se compromete a impulsar la discusión sobre el matrimonio igualitario a partir de un acto público con los tres poderes del estado que tendrá lugar a más tardar en noviembre del 2016.
Acto seguido, el Gobierno Ingresará a tramitación parlamentaria su propio proyecto de ley sobre matrimonio igualitario, a más tardar el primer semestre del 2017.
Tanto en el periodo pre-legislativo, como en el posterior, el Estado, se compromete a “adoptar las medidas necesarias, incluidas acciones de promoción, para impulsar la iniciativa del matrimonio igualitario como un asunto que constituye un interés legítimo en una sociedad democrática e inclusiva”.
3.- Familias homoparentales y adopción
Si bien el matrimonio igualitario contempla los mismos derechos y deberes de las parejas heterosexuales, aspecto que fue enfatizado por la CIDH durante el proceso de solución amistosa al precisar que también incorpora la adopción, el acuerdo también incluye explícitamente reformas a otras leyes para garantizar derechos filiales y de adopción.
En concreto, se garantiza impulsar reformas legislativas para incorporar a los convivientes civiles a la ley 19.620 Sobre Adopción de Menores, de manera que puedan ser adoptantes.
También, se impulsará reformas a la Ley 20.830 sobre Acuerdo de Unión Civil, para que “el conviviente que ha criado al niño o la niña sea reconocido como madre o padre, tenga o no lazos de consanguinidad”.
4.- Identidad de género y derechos para todas las mujeres
La solución amistosa pone especial énfasis en la igualdad de derechos para las personas transexuales y para las mujeres, sea cual sea su orientación sexual o identidad de género.
En este campo:
a.- El acuerdo asegura la continuidad en la tramitación de la ley sobre identidad de género, así como la promoción de indicaciones para que las personas puedan cambiar su nombre y sexo legal mediante un trámite simple y ágil en el Registro Civil.
b.- Inclusión en las políticas y programas del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género de la diversidad de mujeres que habitan el país. “La orientación sexual y la identidad de género de estas serán consideradas como criterios relevantes para la formulación de las reformas normativas y de las políticas públicas definidas por el ministerio”, indica el acuerdo.
Ello implica que mujeres lesbianas, bisexuales y transexuales estarán contempladas oficialmente en las políticas públicas de este ministerio.
c.- El acuerdo también se compromete a incluir en las políticas públicas de Salud orientadas a las mujeres, a las personas lesbianas, bisexuales y transexuales con el fin de responder eficazmente a la necesidad de estos grupos. Para ello, se rediseñará el Programa de Salud Sexual, y Salud Reproductiva a fin de que integre a todas las personas con distintas orientaciones sexuales e identidades de género.
5.- Reforma o derogación de leyes homofóbicas o transfóbicas
En este campo, la solución amistosa contempla:
a.- Revisión de los artículos 365 y 373 del Código Penal, con miras a su enmienda o derogación con el fin de erradicar toda forma de discriminación por orientación sexual o identidad de género.
En la actualidad el artículo 365 establece una edad de consentimiento sexual de 18 años para homosexuales, en circunstancias que para heterosexuales es de 14 años; mientras que el 373 sanciona las ofensas pudor, la moral y las buenas costumbres, lo que se presta para arbitrariedades. De ahí, la importancia de revisar y reformar estas leyes.
b.- -Modificación de Decreto Supremo 924 del Ministerio de Educación, que faculta a las iglesias a decidir quienes pueden hacer clases de religión, de manera de impedir la discriminación a docentes LGBTI.
La reforma es relevante, en tanto las iglesias siguen impidiendo a docentes hacer clases de religión si son LGBTI, siendo el caso más emblemático el que afecta a la profesora Sandra Pavez y que fue declarado este año admisible por la CIDH.
6.- Reforma a la Ley Zamudio e institucionalidad antidiscriminatoria
En este ítem, la solución amistosa garantiza:
a.- Reforma a la Ley 20.609 que Establece Medidas contra la Discriminación “de manera de superar todas las barreras que impidan prevenir y sancionar eficazmente la discriminación, evaluando asimismo la posibilidad de asignar recursos fiscales con la finalidad de fortalecer a la o las instituciones que eventualmente podrían dar seguimiento, coordinar y/o ejecutar las políticas antidiscriminatorias”.
b.- Fortalecimiento de la institucionalidad existente en materia de derechos humanos, con especial énfasis en temas de discriminación por orientación sexual e identidad de género.
7.- Políticas para la educación parvularia y escolar
Con el acuerdo se incluirá formalmente a la realidad de la diversidad sexual en el sistema educacional.
Ello se hará mediante la incorporación de contenidos en el Plan de Formación Ciudadana, en el Programa de Sexualidad, Afectividad y Género y en los protocolos y cartillas sobre no discriminación del Mineduc. Tales contenidos serán “complementarios a la base curricular nacional y a los planes de estudios para los niveles de educación parvularia y escolar”.
8.- Estadísticas y estudios sobre diversidad sexual
El Estado se compromete en el acuerdo a:
a.- Incorporar datos desagregados por orientación sexual e identidad de género en los estudios o estadísticas oficiales sobre discriminación
b.- Incorporar datos acerca de la población LGBTI, de las parejas del mismo sexo y de las familias homoparentales en los estudios o estadísticas oficiales sobre protección social.
Lo expuesto, con miras a la implementación de más y mejores políticas a favor de la diversidad sexual.
9.- Seguimiento y difusión
El acuerdo establece que “las medidas y acciones comprometidas (….) deberán ser efectivamente cumplidas de buena fe por las partes y fundadas en el respeto de los derechos establecidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y demás instrumentos pertinentes”.
En ese sentido, se generará una Comisión de Seguimiento integrada por el Ministerio Secretaría General de Gobierno, la Dirección de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores y los peticionarios que informará periódicamente a la CIDH acerca de los avances en las obligaciones asumidas.
La solución amistosa será difundida además en los sitios web de los 6 ministerios comprometidos por un plazo mínimo de un año, a partir de septiembre del 2016.
10.- Participación y desafíos
Para la implementación de las medidas expuestas el Acuerdo garantiza consultas y participación de toda organización o movimiento social interesado en estas materias.
Por cierto, el acuerdo implica un desafío mayúsculo de monitoreo y fiscalización de los peticionarios, de manera de ir generando y potenciando las condiciones sociales, políticas y culturales para que efectivamente los compromisos asumidos por el Estado se cumplan.
Acuerdo original con firma de ministros aquí:
http://www.movilh.cl/documentacion/2016/Acuerdo-MOVILH-Estado.pdf
