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Derechos humanos

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Cuáles son los derechos humanos que la Sra. Frides? Chile suscribió dos estatutos importantes al respecto, el de la ONU de 1948 y el de los niños también de la ONU. El Instituto Nacional de los DDHH de donde proviene la nueva subsecretaria se ha limitado a defender de preferencia los que dicen relación con los derechos políticos de algunos ciudadanos.

 

¿Y los otros? El estatuto de la ONU de 1948 y que en Chile tiene fuerza de ley, contiene 30 artículos que bien vale la pena recordárselos a la nueva subsecretaria.

 

Más aun, están escritos en una pared a la entrada del Museo de la Memoria que seguramente la Sra. Frides ha visitado más de una vez.

 

El señalado estatuto en sus artículo primeros al 16 consagra los derechos políticos bastante invocados, pero están los otros igualmente importante pero que al gobierno le merecen poca atención:

 

Artículo 3

 

Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

 

Artículo 17

 

  1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.

 

  1. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.

 

Artículo 20

 

  1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.

 

  1. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.

 

Artículo 23

 

  1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.

 

  1. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.

 

  1. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.

 

  1. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.

 

Artículo 26 Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.

 

  1. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.

 

  1. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.

 

Por su parte, la convención de la ONU sobre los derechos de los niños que también tiene fuerza de ley en Chile señala:

 

Artículo 6

 

  1. Los Estados Partes reconocen que todo niño tiene el derecho intrínseco a la vida.

 

  1. Los Estados Partes garantizarán en la máxima medida posible la supervivencia y el desarrollo del niño.

 

El gobierno ha tratado de violar en varias oportunidades algunos de estos derechos que también están señalados en el Art. 19 de nuestra constitución. El Tribunal Constitucional ha debido encargarse de hacerlos respetar eliminando su violación en leyes aprobadas por el parlamento haciendo caso omiso de ello. Se dio en el caso de la reforma tributaria, de la laboral y ya se anuncian requerimiento antes ese tribunal de aprobarse las reformas educacionales, del proyecto sobre el aborto en discusión.

 

Es por ello que es recomendable que la nueva subsecretaria le lea estos estatutos a su jefe directo la Ministra de Justicia, a la Presidente de la República que la designó, a la Ministra de la Mujer, a la Ministra del Trabajo, a la Ministra de

 

Educación, a la Ministra de Salud y parlamentarios de las Comisiones de Constitución y Justicia y otros altos funcionarios de gobierno. Incluso sería deseable que socializara mediante un spot a ser transmitido por TVN.

 

 

Javier Fuenzalida Asmussen

 

 

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