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PDI incauta fusil de guerra y más de 14 kilos de cannabis en Rancagua

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La Brigada Antinarcóticos (BRIANT) de la PDI de Rancagua, logró la detención de un hombre  quien mantenía en su poder un fusil de repetición en su domicilio.

 

El hecho se registró en horas de la noche de ayer, al interior de un domicilio ubicado en la Villa Alameda de Rancagua, donde residía un sujeto que mantenía tres órdenes de aprehensión pendientes por los delitos de  Infracción a la Ley de Drogas, Hurto y Falsificación de Instrumento Privado, y además registraba detenciones anteriores por otros delitos, investigación en que los Detectives mantenían información que el imputado podría estar almacenando droga en su domicilio, por lo que comenzaron realizar  una serie de diligencias que permitieron establecer la hipótesis de la línea investigativa, y en virtud a la evidencia obtenida, el fiscal especialista en drogas gestionó ante el Juzgado de Garantía de la ciudad la respectiva orden de entrada y registro al domicilio.

 

Es así que una vez otorgada la facultad judicial, los Detectives esperaron el mejor momento para hacer ingreso al inmueble logrando incautar en su interior 14.442,6 gramos de cannabis  a granel distribuida en doce paquetes tipo ladrillo y una bolsa a granel contenedora de cocaína base 948,9 gramos, todo avaluado en más de 40 millones de pesos, pero para sorpresa de los investigadores policiales, además lograron incautar un fusil de guerra del tipo de repetición calibre 5.56 con cinco cartuchos sin percutar del mismo calibre, un cargador para el fusil, 40 mil pesos en dinero en efectivo y una balanza digital para la dosificación de la droga.

 

Del resultado de la investigación se dio cuenta al fiscal de turno quien dispuso que el detenido de 40 años sea puesto en horas de esta mañana a disposición del Juzgado de Garantía de Rancagua por infracción a la Ley de Drogas e Infracción a la Ley de Armas.

 

 

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TOP de Rancagua condena a 5 años y 1 día de presidio efectivo a autor de violación en Pichidegua

 

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua condenó ayer –martes 4 de octubre– a la pena efectiva de 5 años y un día de presidio a Víctor Daniel Cueto Donoso, en calidad de autor del  delito de violación impropia en grado de consumado, en contra de un menor de edad, ilícito perpetrados en el  sector de Patagua Orilla,  en la comuna de Pichidegua, en el mes de septiembre del año 2014.

 

En fallo unánime (causa rol 338-2016), el tribunal –integrado por los magistrados Alejandra Besoain Leigh (presidenta), Marcela Yáñez Cabello, y  Felipe Cortes Ibacache- condenó, además, a Cueto Donoso a la pena de 541 días de presidio efectivo, por el delito de violación impropia en grado de tentado, contar el mismo menor, cometido en octubre de 2014.

 

Asimismo, el tribunal aplicó las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos mientras dure la condena, interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa, y de sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los diez años siguientes al cumplimiento de la pena principal, la que consistirá en informar a Carabineros cada tres meses su domicilio actual. De la misma manera, se le condenó a la pena de inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad.

 

Una vez ejecutoriado el fallo, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

 

El fallo dio por acreditado, señala: “Que, así entonces en virtud de las probanzas aportadas más el reconocimiento expreso del acusado, se estableció más allá de toda duda razonable la narración de hechos ya reproducidos, y que  constituyeron por una parte un delito de violación impropia consumado,  (…) y otro en carácter de tentado pues ante la presencia de la madre del ofendido, el imputado detuvo su acción (…)”.

 

 

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