El senador Chahuán es partidario de aquello, argumentando que “en la actualidad, los llamados proyectos de acuerdo, no son más que una recomendación general que no genera mayores efectos”.
En el trabajo parlamentario, tanto senadores como diputados han escuchado una serie de demandas de sus representados. Algunos de esos problemas pueden ser solucionados por el Presidente de la República directamente, dado que esas materias son lo que se llama ‘de su exclusividad’.
En ese contexto, el senador Francisco Chahuán presentó un proyecto de ley para abrir algunas excepciones, de manera que los congresistas puedan elaborar ciertas de esas iniciativas, aprobarlas en sus respectivas Salas, y luego remitirlas al Ejecutivo para que éste las considere dando lugar a un mensaje.
La moción que deberá ser analizada por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, recuerda que en la actualidad, la “LOC del Congreso Nacional, prohíbe expresamente que se dé cuenta en sesión de mociones sobre materias que, de acuerdo con la Constitución Política, deban iniciarse exclusivamente por mensaje del Presidente de la República”.
Cabe recordar que la Carta Fundamental establece que solo el Presidente podrá presentar propuestas que alteren la división política o administrativa del país; regular la administración financiera; fijar las normas sobre enajenación de bienes del Estado o de las municipalidades; y permitir la entrada de tropas extranjeras en el territorio de la República, entre otras materias.
El texto explica que dada esta limitante, es habitual que los parlamentarios presenten lo que se llama ‘proyectos de acuerdo’. Se trata de documentos que son votados en Sala, en los que se le solicita al Ejecutivo considerar determinado tópico y considerarlo en un futuro mensaje.
“Se puede apreciar que lo que se pretende con un pronunciamiento de cualquiera de sus ramas, mediante un proyecto de acuerdo, es una mera sugerencia de carácter global al Gobierno, o bien hacerle llegar la preocupación de un determinado tema”, admite la moción.
Luego, plantea que en casos excepcionales se permita la elaboración de mociones de esas materias exclusivas. “Se dé cuenta de ellas en la respectiva Cámara de Origen y luego se aprueben por, a lo menos, tres quintos de los Diputados o Senadores presentes. Así los textos podrían sean remitidos al Ejecutivo dentro de los 30 días siguientes para que los considere o rechace”, describe.
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