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CONAF llama a tomar precauciones por Alerta Temprana Preventiva en la Reserva Nacional Río de Los Cipreses

(Destacada 2)

Lluvias e incluso tormentas eléctricas se encuentran anunciadas para la zona pre cordillerana y cordillerana desde Coquimbo al Biobío.

 

Ante el escenario de Alerta Temprana Preventiva decretada por ONEMI, por fenómeno que traerá consigo precipitaciones y posibilidad de tormentas eléctricas en el sector cordillerano y pre cordillerano de la región afectando a sectores de Codegua, Machalí, Rengo y San Fernando hasta el domingo 26 de febrero, es que la Corporación Nacional Forestal (CONAF) reitera prohibición de realizar actividades de senderismo que consideren pernoctación en la Reserva Nacional Río de Los Cipreses, medida que junto con la negativa del uso del fuego rige desde el día 8 y está vigente hasta el 28 de febrero.

 

Pablo Lobos Stephani, director regional de CONAF, señaló que “dado  a una condición meteorológica presente desde la Región de Coquimbo al Biobío, tenemos anunciadas posibles precipitaciones, por lo que ONEMI decretó Alerta Temprana Preventiva, motivo por el cual reiteramos, a quienes visiten nuestra reserva durante el fin de semana, que está prohibido hacer uso del fuego y realizar actividades de senderismo que incluyan acampar,  por disposición nacional que rige en las 101 unidades de Áreas Silvestres Protegidas (ASP) del territorio y que buscan resguardar junto con el patrimonio natural y cultural de las unidades, la seguridad de las personas”.

 

En este contexto, CONAF reiteró el llamado al no uso del fuego, debido a la medida precautoria vigente desde el día 8 de febrero a través de la Resolución 127 del 2017, que incluye prohibición del uso de leña, carbón, cocinillas de todo tipo, encendedores, fósforos, entre otros, incluyéndose zonas de camping e infraestructura básica para uso público.

 

Asimismo, quedan prohibidas todas las actividades que consideren la pernoctación al aire libre dentro de las ASP del Estado, hasta el 28 de febrero de 2017. Fecha que podrá extenderse dependiendo de las condiciones de cada unidad.

 

Legislación vigente

 

La Ley de Bosques señala que está prohibido encender fuego o la utilización de fuentes de calor en todos aquellos lugares no autorizados  y señalizados por la autoridad en las ASP  y esta resolución, vigente- en primera instancia- hasta el 28 de febrero se suma a esta normativa.

 

 

Quienes hagan caso omiso de la restricción y enciendan fuego se exponen a una pena de presidio menor en su grado mínimo a medio (de 61 días a 3 años) y una multa de 11 a 50 Unidades Tributarias Mensuales.

 

Cabe señalar que hace unos días seis turistas fueron sorprendidos haciendo uso del fuego en el Parque Nacional Conguillío en Temuco, situación que busca que no sea repetida en la región, ya que el costo en biodiversidad es demasiado alto si se piensa que los incendios forestales calcinan todo a su paso.

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