El senador Manuel José Ossandón presentó una moción que modifica la Ley General de Bancos para obligar a estas instituciones a contar con una cuenta en condiciones similares a la Cuenta RUT.
La Comisión de Economía será la encargada de analizar la moción, presentada por el senador Manuel José Ossandón, que modifica la Ley General de Bancos para establecer la obligación de las empresas bancarias de ofrecer al público una cuenta universal a la vista.
PRODUCTO ESTÁNDAR
Según precisa el legislador, una de las ideas matrices es que exista «un producto estándar entre todas las empresas bancarias, orientado especialmente a aquellas personas que cuentan con dificultades para acceder al sistema financiero, e introduciendo competencia al único producto que actualmente llena ese espacio la Cuenta RUT».
Con esto, las empresas bancarias tendrían la obligación de contar con una cuenta a la vista especial, de carácter universal, en condiciones similares a la mencionada Cuenta RUT.
«Considera además un mecanismo de portabilidad de saldos que permitiría a los clientes migrar de una institución a otra en busca de mejores condiciones comerciales y beneficios», señala el parlamentario.
DISCUTIR COBRO DE COMISIONES
Para estos efectos, la propuesta considera dos nuevos artículos, el primero estableciendo la obligación de contar con la cuenta universal a la vista, cuyas condiciones basales serían la posibilidad de ser abiertas por cualquier persona mayor de 12 años, permitiendo al banco establecer ciertos límites a la cantidad de operaciones mensuales, saldos máximos, etc.
Asimismo, se agrega en la moción, «reconociendo la complejidad del tema, deberá ser parte del debate parlamentario la pertinencia de autorizar o no el cobro de comisiones para el mantenimiento de tales cuentas bancarias, sin embargo, la actual propuesta no considera tales comisiones en vista del peso que estas significan para el segmento de clientes que utilizan este tipo de productos, permitiendo a los bancos compensar a través de limitaciones en la cantidad de operaciones que podrá realizar el cliente, y teniendo en consideración que constituirá un incentivo para que los bancos ofrezcan mejoras en los productos para los clientes, el fomento del ahorro u otras medidas que sean comercialmente más atractivas para la empresa bancaria».
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