La moción propone la obligación de exhibir un certificado del registro de multas del tránsito no pagadas al momento de efectuarse la inscripción en el registro de vehículos motorizados de la variación del dominio de los vehículos inscritos.
La Comisión de Transportes y Telecomunicaciones deberá analizar el proyecto de ley presentado por los senadores Carlos Bianchi y Baldo Prokurica, que modifica el D.F.L. N° 1, de 2009, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Ley de Tránsito, en materia de multas no pagadas.
Los autores precisan que si «una persona propietaria de un vehículo no paga una multa del tránsito, este queda inmediatamente inscrito en el «registro de multas de tránsito no pagadas» que está a cargo del Registro Civil, con la problemática de que si un vehículo aparece en dicho Registro no puede obtener el permiso de circulación respectivo».
«En la práctica – agregan- esta regulación trae como consecuencia que muchas personas que no han cometido ninguna infracción al tránsito ni han sido multadas, no pueden obtener el permiso de circulación para su vehículo, ya que según la patente del vehículo este figura en el Registro de multas del tránsito no pagadas».
Y las razones, a juicio de los legisladores, pueden ser variadas, pero principalmente «es el desconocimiento de esta regulación por parte de la ciudadanía, por lo cual muchas veces al adquirir un vehículo desconocen que deben cerciorarse de que este se encuentra al día en el pago de multas por infracción del tránsito, tomando conocimiento de esta situación solo al momento de solicitar su permiso de circulación, debiendo pagar multas muchas veces de un considerable valor, por infracciones cometidas por otras personas».
Ante esta injusta situación, es que mediante este proyecto de ley se pretende proponer una modificación legislativa, «estableciendo la obligación de exhibir un certificado del registro de multas del tránsito no pagadas al momento de efectuarse la inscripción en el registro de vehículos motorizados de la variación del dominio de los vehículos inscritos», explican.
«Creemos que esta simple medida otorgará mayor certeza jurídica a los adquirentes de los vehículos y reforzará aún más la obligación de pago de las multas por parte de los infractores de la ley del tránsito, ya que ahora no solamente tendrán como impedimento el no poder obtener el permiso de circulación, sino que además no podrán transferir su vehículo en caso de que no se encuentre al día en el pago de multas por infracción a la ley del tránsito», destacan los senadores.
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