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Carabineros del SEBV entrega medidas de autocuidado a dueños de vehículos

(policial)

La SEBV de Carabinero de Rancagua, la sección de encargo y búsqueda de personas y vehículos Rancagua dependiente de la dirección de investigación criminal y  con la finalidad de evitar posibles robos de vehículos y accesorios entrega ciertas medidas de autocuidado a los dueños de los vehículos con el propósito de evitar dejar los vehículos estacionados en lugares solitarios o con objetos  de valor a la vista, entregando de esta forma una oportunidad al delincuente.

Al momento de comprar un vehículo se debe realizar en lugares establecidos desconfiando de ofertas muy convenientes ya que podría tratarse de un vehículo robado, verificar que la compra sea al propietario de no aun tercero  y la transferencia debe realizar de forma inmediata al nombre del nuevo comprador, asegurándose de recibir el certificado de dominio y exija la transferencia al vender su vehículo.

Para saber si un vehículo mantiene encargo vigente por algún tipo de delito que afecte al parque vehicular se puede visitar la página de carabineros para realizar la consulta por intermedio de la placa patente o número de chasis.

 

 

 

(policial)

PDI detiene a sujeto por violación a menor de 14 años en Rancagua

 

 

La Brigada Investigadora de Delitos Sexuales y Menores (BRISEXME) de la PDI de Rancagua, logró la detención de un hombre de 58 años quien habría adquirido servicios sexuales de 18 menores en la región de O´higgins.

 

 

El hecho se originó en el mes de marzo de este año, gracias a denuncias interpuestas por familiares en la PDI respecto de dos menores que habrían sido víctimas de violación por parte de un hombre que se movilizaba en una camioneta de color blanco,  por lo que el Ministerio Público instruyó a la brigada especializada de la PDI una orden de investigar por los  delitos de violación a menor de 14 años y promoción y facilitación de la prostitución infantil, levantando las alertas que podría tratarse de una red que estaría operando en la comuna de Rancagua.

 

Por lo anterior, y tras cuatro meses de investigación, los detectives establecieron que si bien no se trataba de una red de prostitución, establecieron que se trataba de un hombre de 58 años que estaría arrendando departamentos en el sector oriente de Rancagua, brindando alimentación y alojamiento a menores de edad en riesgo social (de 13 a 17 años de edad), todo a cambio de servicios sexuales desde hace seis años a la fecha.

 

Es así que los detectives durante en la mañana de ayer, desarrollaron un amplio operativo policial para lograr su ubicación,  mientras que a la vez , la  fiscal del caso  estaba gestionando ante el Juzgado de Garantía de Rancagua, una orden de detención en contra del imputado por el delito de violación de menor de 14 años, y una vez que fue otorgada, ésta  se materializó en el sector de Gultro, comuna de El Olivar, muy cerca del domicilio de la empresa de construcción que es dueño, siendo incautado su vehículo particular una Kia Mojave el cual utilizaba para movilizar a las menores por la ciudad como también obtener los servicios sexuales en su interior.

 

Seguidamente, los detectives se trasladaron hasta el sector oriente de Rancagua, específicamente a un departamento que el detenido arrendaba como segundo domicilio, y tras efectuar una entrada y registro al inmueble, detectaron que en su interior estaban dos menores de 14 y 15 años, las cuales no tenían ningún vínculo familiar con el detenido, estableciendo de esta forma la hipótesis de la investigación,  por lo que la tarde de ayer fueron entregadas a sus familiares.

 

 

Del resultado de la investigación policial se dio cuenta a la fiscal de turno quien instruyó que el detenido de 58 años, sea puesto durante mañana a disposición del Juzgado de Garantía de Rancagua, por el delito de violación de menor de 14 años.

 

TOP de Rancagua absuelve a acusado por homicidio en recinto penitenciario por falta de participación

 

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua dictó sentencia absolutoria de Jorge Víctor Suárez Andrades, acusado por el Ministerio Público como autor del delito de homicidio. Ilícito perpetrado en mayo de 2016, en el Complejo Penitenciario de la ciudad.

 

 

En fallo unánime (causa rol 269-2017), el tribunal –integrado por los magistrados Gladys Medina Montecino (presidenta), Felipe Cortés Ibacache y Carolina Garrido Acevedo (redactora)– dictó la absolución de Suárez Andrades por la insuficiencia de pruebas rendidas durante el juicio oral.

 

 

“(…) se pudo desvirtuar la afirmación de los funcionarios policiales y del propio persecutor, en cuanto que la declaración inicial prestada por P.P.B.B., resultaba fiable y verídica, pues en definitiva, aquella no fue corroborada por ningún otro antecedente de la investigación, de forma que no es posible sustentar en dicha declaración la imputación penal, menos aun cuando se trata de una versión de la cual el testigo se retractó en la audiencia de juicio, otorgando además una explicación plausible de la razón por la cual inicialmente dio ese testimonio, que el mismo calificó de falso”, sostiene el fallo.

 

 

Resolución que agrega: “A la falta de corroboración antes referida, se sumaron otros defectos en la investigación, que contribuyeron a la decisión absolutoria. El más relevante de tales defectos, fue la ausencia de una explicación clara en relación a las cámaras de seguridad con las que  evidentemente ha de contar el recinto en que acontecieron los hechos. Sobre este punto, ni siquiera el funcionario de Gendarmería pudo dar una respuesta adecuada, pues únicamente señaló que desconoce si a esa fecha la cámara del patio estaba operativa. Agregando que por lo general las agresiones se dan donde no hay cámaras que son en los comedores o en el taller, pero en este caso desconoce donde fue la agresión, poniendo con ello en duda toda la dinámica de los hechos, que habla de que estos ocurrieron en el patio de módulo 45”.

 

 

“A tal defecto –continúa–, se sumaron otros que si bien no resultaron de la misma relevancia, contribuyeron a reafirmar la decisión absolutoria, como fue el hecho que no se haya efectuado ninguna indagación en relación a los motivos que podría haber tenido el acusado para agredir a la víctima, pues ni siquiera se indagó si existían causas previas entre ambos, ya sea como participes o como víctima y agresor, si habían compartido módulo con anterioridad a los hechos, si existían problemas previos de los cuales existiera registro en el penal”.

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