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Corte de Rancagua ordena la prisión preventiva de imputada por tráfico de drogas en Rengo

La Corte de Apelaciones de Rancagua dejó sujeta a la medida cautelar de prisión preventiva a Nataly Alejandra Calderón Medina, imputada por el Ministerio Público como autora del delito de tráfico de drogas. Ilícito perpetrado el miércoles pasado, en la comuna de Rengo.

En fallo dividido (causa rol 770-2024), la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Michel González Carvajal, Jorge Fernández Stevenson y el abogado (i) Gastón Bobadilla Quinteros– revocó la resolución apelada, dictada por el Juzgado de Garantía de Rengo, que había decretado el arresto domiciliario total y el arraigo nacional, y ordenó el ingreso en prisión de Calderón Medina, al considerar que la libertad de la imputada constituye un peligro para la seguridad de la sociedad.

“Que, de acuerdo al mérito de lo expuesto en estrados, es posible concluir que existen antecedentes suficientes para determinar la existencia del delito y la participación de todos los imputados en el mismo. En efecto, conforme a lo consignado por los funcionarios policiales en el parte policial respectivo, al llegar al lugar de los hechos apreciaron un camión blanco y a un sujeto recepcionando especies desde la parte trasera del mismo y otro que se encontraba en la parte de abajo y, que al ver la presencia policial se dio a la fuga hacia un auto que se encontraba a pocos metros del camión dándole alcance. De la revisión del camión y el automóvil al que huyó el segundo de los sujetos (Juan Carlos Fernández Acuña) se halló, en el primero de los vehículos, la droga incautada conforme a la descripción hecha en la formalización y, en el segundo, una balanza digital y un tiro, ubicados en el lado del copiloto”, consigna la resolución.

“En el mismo automóvil se encontraba la imputada Nataly Alejandra Calderón Medina, sentada en el asiento del copiloto; antecedentes que, como se dijo, dan plausibilidad suficiente a la pretensión del Ministerio Público en cuanto a tener por concurrente presunciones fundadas de existencia del delito y de la participación de los imputados en el mismo”, añade.

Para el tribunal de alzada: “(…) en relación a la necesidad de cautela, se debe tener en cuenta el contexto en el que se produjo la detención de los imputados, la gravedad del delito, la cantidad de droga incautada y la pena asociada al mismo, que son hipótesis descritas en el art culo 140 del Código Procesal Penal para estimar que la libertad de los encausados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad”. 

Según el ente persecutor, Calderón Medina junto a Juan Carlos Fernández Acuña y Patricio Enrique Espinoza Pino (imputados por tráfico de drogas y en prisión preventiva) fueron detenidos por Carabineros en horas de la madrugada del miércoles 3 de abril de 2024, en las inmediaciones de un servicentro de la comuna Rengo, en posesión de cerca de 50 kilos de drogas.

Decisión acordada con el voto en contra del abogado Bobadilla Quinteros, quien estuvo por confirmar la resolución recurrida.

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