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Pleno de la Corte Suprema aprueba primer Código de Ética Judicial enfocado en la promoción de valores y la confianza ciudadana

El Pleno de la Corte Suprema aprobó el primer Código de Ética para el Poder Judicial, un documento estratégico diseñado para orientar la conducta de los jueces y juezas hacia la excelencia y reafirmar la confianza de la ciudadanía en la administración de justicia.

El nuevo Código se consigna en el Acta 244-2025 de la Corte Suprema.

El texto – es el resultado de un extenso y amplio proceso participativo encargado el 29 de abril de 2024 y liderado por la ministra de la Corte Suprema Adelita Ravanales. Dicho proceso incluyó la revisión de modelos comparados, entrevistas con expertos nacionales e internacionales, reuniones con todas las asociaciones gremiales del Poder Judicial y la aplicación de encuestas a los miembros de la institución y ciudadanía.

“Esperamos que el Código constituya una guía y ayuda para un mejor ejercicio de la administración de justicia, en beneficio de la sociedad”, señaló la ministra vocera de la Corte Suprema, Soledad Melo, al anunciar esta aprobación.

Agregó la ministra Melo  que esta elabotación y su apsrobación se hizo “conscientes de la responsabilidad que pesa sobre jueces y juezas, de las expectativas que las personas tienen sobre la conducta de quienes imparten justicia, así como de la importancia del comportamiento ético de  la magistratura para fortalecer la confianza ciudadana”.

El Código de Ética Judicial se fundamenta en los lineamientos fijados por el Pleno de la Corte Suprema, estableciendo principios claros para la función judicial:

 – Naturaleza Orientadora y No Sancionadora: El texto se centra exclusivamente en la ética y la promoción de conductas. Se establece explícitamente que carece de efectos sancionadores y sus reglas no se integran al régimen disciplinario, sino que apelan a la conciencia individual.

– Valores Judiciales: El documento identifica como valores centrales las «tres i»: independencia, imparcialidad e integridad. Además, desarrolla otros valores como la probidad, igualdad y no discriminación, prudencia, cordialidad y buen trato, y conciencia institucional.

 – Modernización Ética: De forma innovadora, el código incluye capítulos específicos sobre la «Responsabilidad en el uso de redes sociales» y la «Responsabilidad en el uso de Inteligencia artificial y nuevas tecnologías», orientando a la magistratura sobre los desafíos contemporáneos.

  – Lenguaje Claro y Sencillo: Por instrucción del Pleno, el estatuto fue redactado con un lenguaje claro, directo y pedagógico, con el fin de ser accesible no solo para los jueces, sino para toda la sociedad.

Creación del Consejo Ético

El código establece la creación de un Consejo Ético, un órgano de naturaleza exclusivamente preventiva, consultiva y orientadora.

La función principal de este Consejo será contribuir al discernimiento ético de los jueces mediante la emisión de «recomendaciones» de carácter general. La instancia no es un órgano resolutor de conflictos, no es competente para recibir denuncias ni para juzgar conductas pasadas.

El Consejo estará integrado por cinco miembros: un ministro o ministra de la Corte Suprema; un ministro o ministra de Corte de Apelaciones; dos jueces o juezas de primera instancia; y un académico o académica con formación en filosofía o ética aplicada. Su composición deberá respetar la paridad de género y la representación territorial.

El nuevo Código de Ética Judicial será aplicable a todos los integrantes del escalafón primario y a toda persona que ejerza roles jurisdiccionales en el Poder Judicial, incluyendo abogados integrantes.

La ministra Adelita Ravanales destacó el trabajo previo y la participación, pero también el esfuerzo y dedicación que el Pleno de la Corte Suprema le dio al análisis y discusión de este código: “Yo estoy muy contenta porque creo que el Pleno valoró el trabajo que se hizo. Tuvo una participación muy activa. Se revisó, analizó y mejoró cada artículo y eso enriquece la visión, la discusión y el contexto final”.

“Más allá de los rasgos personales de cada magistrado, la comunidad espera que los jueces y juezas seamos capaces de encarnar, tanto dentro como fuera del tribunal, al menos los valores que el texto propone”, concluyó  la autoridad.

El Código de Ética está estructurado en tres partes; la primera relativa a las reglas generales; la segunda sobre los valores generales y la tercera sobre el Consejo de Ética.

Las dos primeras partes entraron en vigor con fecha 10 de noviembre, que es la fecha de la firma del Autoacordado.

La tercera parte se hará de manera paulatina y deberá quedar completada el 30 de junio del próximo año.

CODIGO DE ETICA JUDICIAL

https://www.pjud.cl/prensa-y-comunicaciones/getRulingNew/71788

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