Corte de Rancagua ordena realizar nuevo juicio oral por homicidio en San Vicente
La Corte de Apelaciones de Rancagua acogió hoy –martes 19 de enero- un recurso de nulidad en contra de la sentencia del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de esa ciudad que condenó a Roberto Alejandro Orellana Riquelme a 5 años de presidio, con el beneficio de la remisión condicional, por el homicidio simple de Jorge Andrés Villegas, perpetrado el 7 de junio de 2014 en San Vicente de Tagua Tagua.
En fallo (rol 787-2015) la Segunda Sala del tribunal de alzada -integrada por el ministro Carlos Farías; el fiscal judicial (s), Hernán González; y el abogado integrante, Juan Guillermo Briceño-, acogió los recursos presentados por el Ministerio Público y la parte querellante ordenando la realización de un nuevo juicio oral.
“Que el Ministerio Público y la parte querellante fundan sus respectivos recursos en la causal del artículo 373 letra b) del Código Procesal Penal, esto es, que procede la declaración de nulidad del juicio oral y de la sentencia, cuando, en el pronunciamiento de la sentencia, se hubiere hecho una errónea aplicación del derecho que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo. La parte querellante, expone que el Tribunal incurrió en error de derecho al estimar que favorece al acusado la atenuante del artículo 11 N° 8 del Código Penal y que ello ha influido sustancialmente porque se le impuso una pena más benigna por concurrir dos atenuantes, la del 11 N° 8 y la del 11 N° 6, no discutida, concediendo además un beneficio de alternativo a la privación de libertad como es la libertad vigilada intensiva”, dice el fallo.
La resolución del tribunal de alzada señala: “Que, de acuerdo a lo expresado, analizada la sentencia y los hechos que se tuvieron en vista por el Tribunal, para estimar la procedencia de la atenuante, se puede concluir que hubo error en la calificación jurídica de los hechos y se debió desestimar la concurrencia de la atenuante del artículo 11 N° 8 del Código Penal y no debió haberse acogido, por cuanto no se configuraban los elementos indicados por el profesor Garrido Montt, contenidos en la norma legal, esto es, la posibilidad de eludir la acción de la justicia, que el sujeto se haya se denunciado ante la autoridad y que se haya confesado la comisión del hecho”.
Agrega que: “Se acoge el recurso de nulidad deducido por el Ministerio Público y por la parte Querellante, en cuanto se declara nulo el juicio y la sentencia dictada en esta causa, el uno de diciembre de dos mil quince, debiendo remitirse los antecedentes para que el tribunal no inhabilitado que corresponda, lleve a cabo la realización de un nuevo juicio oral”.
Secaba marihuana y pasta baes en el techo de su casa
El Equipo de Microtráfico Cero (MT-0) de la PDI de Santa Cruz, detuvo a un hombre quien se dedicaba a la comercialización de drogas en la comuna de Santa Cruz.
El hecho quedó al descubierto gracias a información que recibieron los Detectives en la Brigada de Investigación Criminal (BICRIM) de esa comuna, que daba cuenta de un hombre quien mantendría plantas de cannabis sativa en su domicilio, por lo que los efectivos policiales cursaron la respectiva denuncia la que originó una Orden de Investigar por parte del Ministerio Público.
Fue así que en la tarde de ayer, los Detectives establecieron que en el inmueble denunciado habían movimientos atribuibles a la comercialización de drogas, por lo que realizaron una entrada y registro voluntaria al domicilio, detectando en el techo de la casa cocaína base que estaba en proceso de secado arrojando un peso de 904 gramos, cuatro plantas de cannabis sativa y 19 mil pesos en dinero en efectivo, por lo que fue detenido en forma flagrante un joven de 18 años.
De lo anterior se dio cuenta al fiscal de turno quien instruyó que el detenido sea puesto a disposición del Juzgado de Garantía de Santa Cruz, por infracción a la Ley de Drogas.























































