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Funcionarios de la Junji tendrán incentivo al retiro

(politica)

La norma permite una bonificación adicional, por una sola vez, a los funcionarios de carrera y a contrata afiliados al sistema de AFP, que tengan 20 o más años de servicio en la Administración Central del Estado.

Por unanimidad la Sala del Senado despachó a ley el proyecto, en segundo trámite constitucional, que extiende los beneficios de la ley N° 20.948 a los funcionarios de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, establece normas especiales para el incentivo de la ley N° 20.213 y modifica los requisitos de ingreso y promoción de la función de supervisión de la planta de profesionales de dicho servicio.

El mensaje tiene por objeto mejorar las condiciones de egreso de la carrera para los funcionarios de la JUNJI que están en edad de pensionarse, permitiendo potenciar el desarrollo de la carrera de los demás funcionarios de dicha institución.

DETALLES DE LA NORMA:

– Otorga una bonificación adicional, por una sola vez, a los funcionarios de carrera y a contrata que perciban la bonificación por retiro para funcionarios públicos afiliados al sistema de AFP, que tengan 20 o más años de servicio en la Administración Central del Estado, así como también para aquellos de entre 18 y 20 años de servicio, que cumplan con la edad legal para pensionarse y con  los demás requisitos que se fijan.

– La bonificación adicional para Auxiliares y Administrativos con 20 o más años de servicio será de 320 UTM y, para aquéllos con 18 y menos de 20 años de servicio, 233 UTM.

– Los técnicos recibirán 404 UTM para quienes tengan 20 años o más de servicio y, de 303 UTM para aquéllos con 18 y menos de 20 años de servicio.

– Los profesionales, directivos y fiscalizadores con 20 o más años de servicio, percibirán una bonificación adicional de 622 UTM y, de 466 UTM para aquéllos con 18 y menos de 20 años de servicio.

– Permite, para los años 2016 y 2017, que las unidades educativas de la JUNJI que hayan obtenido el puntaje máximo en el proceso de evaluación integral de la calidad de la educación parvularia, puedan acceder a la asignación correspondiente al primer tramo en el pago del incentivo anual al desempeño.

– Otorga un bono por antigüedad de 10 UF por cada año de servicio por sobre los cuarenta años, con tope de 100 UF, para los estamentos auxiliares y administrativos.

– Entrega un bono por trabajo pesado de 10 UF por cada año cotizado o certificado como trabajo  pesado, con un máximo de 100 UF, a los funcionarios que cumplan con las condiciones para pensionarse.

– Para favorecer el retiro de los trabajadores beneficiados, se establecen dos etapas de postulación, la primera en que se tendrá derecho al 100% de los beneficios y, la segunda sólo al 50%. En todo caso tendrán derecho a postular al 100% de los beneficios todos aquellos que a la fecha de publicación de este proyecto como ley, tengan más de 65 años, debiendo postular en la primera etapa.

– Modifica los requisitos de ingreso y promoción para los profesionales que ejerzan funciones de supervisión.

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