Verisure eliminó una serie de cláusulas que atentaban contra los derechos de los consumidores.
Tras las exigencias del SERNAC, la empresa de alarmas Verisure ajustó sus contratos de adhesión, eliminando una serie de cláusulas que vulneraban los derechos de los consumidores, entre ellas, donde se facultaba para cambiar las condiciones contractuales sin el consentimiento del cliente.
El ajuste del contrato se produjo luego de un análisis contractual realizado por el SERNAC, en el marco de una mediación colectiva con la empresa.
Entre los hallazgos detectados por el SERNAC, estuvieron una serie de cláusulas que vulneraban los derechos de los consumidores, entre ellas, las que permitían a la empresa modificar sin el consentimiento de los consumidores el precio de alguno de los servicios que ofrecía.
También detectó cláusulas que contemplaban mandatos amplios e irrevocables y sin rendición de cuentas, le facultaban para el tratamiento de los datos personales, sin respetar los estándares que establece la Ley sobre Protección de la Vida Privada.
Decreto ante falsas alarmas
Tras la eliminación de las cláusulas indicadas anteriormente, el SERNAC le recordó a Verisure que el Decreto Supremo N° 4167 del Ministerio del Interior, que entró en vigencia el 22 de marzo pasado, establece que las empresas de este ámbito deben velar por la veracidad de las alarmas que informan a la Central de Comunicaciones de Carabineros (CENCO); pero al mismo tiempo, no pueden traspasar al consumidor final las responsabilidades derivadas por el aviso errado ni las multas asociadas a ello.
El SERNAC, en caso de detectar incumplimiento por parte de Verisure u otra empresa del mercado, tomará las medidas necesarias para defender los derechos de los consumidores.
Derechos de los consumidores
El Director Nacional (PT) del SERNAC, Ernesto Muñoz Lamartine, valoró el resultado de esta mediación colectiva, pues permite resolver extrajudicialmente un problema que puede afectar a los consumidores.
Muñoz señaló además que los usuarios tienen derecho a que los contratos de adhesión contengan información veraz y oportuna, pero especialmente a que no tengan cláusulas que sean abusivas, pues genera un desequilibrio, que finalmente repercute en que los derechos de los consumidores no sean respetados.
No se debe olvidar, que los consumidores siempre tienen derecho a exigir ante los tribunales de justicia las reparaciones e indemnizaciones por todo el daño que pudieron haber sufrido a consecuencia de los diversos incumplimientos en que las empresas pudiesen haber incurrido, enfatizó Muñoz.
Obligaciones de las empresas de seguridad:
Las empresas de seguridad tienen la obligación de entregar un servicio de calidad.
Además deben contar con personal idóneo y respetar lo contratado y publicitado.
Si el consumidor pagó por seguridad, un sistema de alarmas, botones de pánico, acciones disuasivas o lo que haya estipulado el contrato, es eso lo que debe recibir, o de lo contrario, la empresa debe responder.
Escriturar sus contratos sin cláusulas abusivas.
Al contratar
Al momento de contratar un servicio de seguridad, es importante que los consumidores tomen en cuenta una serie de consejos.
- Leer y comprender el servicio que se está contratando. No firmarlo si existen dudas. Requerir que todo lo ofertado por el vendedor quede por escrito en el mismo contrato.
- Verificar que la oferta de la empresa se cumpla. Para ello es recomendable conservar, además del contrato, los soportes publicitarios, a fin de poder comprobar el cumplimiento de lo ofrecido.
- Tenga claridad de las obligaciones que tienen la empresas con el servicio contratado y evalúe si es realmente conveniente lo que le ofrecen.
- Cerciórese de cada una de las condiciones que la empresa establece para cumplir para no tener luego desagradables sorpresas.
- Las empresas deben entregar información clara en los contratos sobre lo que consiste realmente el servicio y establecer plazos de respuesta.
- Es importante que el consumidor sepa qué es lo que realmente está contratando; alarma en caso de robo, el llamado a Carabineros, recibir un aviso, entre otras acciones, porque son esas condiciones las que podrá exigir.