Connect with us

¿Que deseas buscar?

Autoridades regionales se coordinan para ejecutar medidas para el control de la contaminación ambiental

(3)

El principal objetivo será disminuir las emisiones de material particulado (MP-10 y MP-2.5), razón por la que debe prohibirse la utilización de leña y otros dendroenergéticos  sólidos.

 

El pasado 8 de abril la Ministra de Salud, Carmen Castillo, junto al Ministro de Medio Ambiente, Pablo Badenier, y el Subsecretario de Salud Pública, Jaime Burrows, firmaron el Decreto de Alerta Sanitaria, medida que abarca desde la Región Metropolitana hasta la Región de Aysen y que tiene por objetivo mitigar la contaminación del aire por material particulado 2,5.

 

Dicho proceso debía replicarse en O’Higgins, con el fin de complementar el actual Plan de Descontaminación Atmosférica. Transcurrido el tiempo de tramitación y toma de razón, la Contraloría Regional visó la resolución emanada de la Seremi de Salud, la cual ya entró en vigencia en cuatro comunas de la región, Rancagua, Machalí, Rengo y San Fernando.

 

Al respeto el Seremi de Salud, Fernando Arenas, explicó que “el principal objetivo es coordinar la ejecución de las distintas medidas para controlar la contaminación ambiental, además es importante destacar que uno de los principales instrumentos es la conciencia que debe tomar la  comunidad, ya que sólo de esa forma se podrá combatir de manera eficaz el aumento de la contaminación”.

 

“Nuestro rol es prevenir y promover hábitos que vayan en beneficio de la salud de las personas y es en relación a esto que invitamos a que este invierno opten por el cuidado de sus seres queridos, evitando la exposición de aquellas personas que sufran de enfermedades crónicas y que puedan verse afectadas por la contaminación del aire”, postuló la autoridad regional sanitaria.

 

El problema de contaminación del aire por material particulado MP-10 y MP-2.5, en las comunas contempladas en la zona de saturación es debido principalmente al consumo de leña y otros dendroenergéticos  sólidos en equipos no aptos y que generan grandes emisiones de material particulado.

 

La prohibición de funcionamiento de los equipos que combustionan leña, es la única y más efectiva forma de reducir las emisiones de material particulado cuando se alcanzan valores de concentración que la normativa vigente considera que representan un exceso de riesgo para salud, que está directamente asociado a la contaminación.

 

Por su parte la Seremi de Medio Ambiente, Giovanna Amaya, señaló que “la preemergencia sanitaria viene a complementar el trabajo que estamos haciendo como Ministerio de Medio Ambiente a través del Plan de Descontaminación Atmosférica, lo que va a significar dar respuesta a la ciudadanía por el material particulado 2,5 y define en este caso, algunas medidas que son más estrictas en el caso de salud”.

 

En ese sentido, destaca que “no se podrá utilizar durante la alerta los calefactores a leña que no estén certificados con sello de la Superintendencia de Electricidad y Combustible (SEC), pero sí los que utilicen pellet o briqueta”.

“Otra medida es la prohibición de hacer educación física en los establecimientos educacionales, ya sea en espacios abiertos o cerrados y la tercera tiene que ver con la suspensión de actividades deportivas masivas, que reúnen a más de 100 personas haciendo el mismo deporte”, detalló Amaya.

 

Cabe destacar que este es el único recurso que el Estado tiene para reducir los riesgos en la salud de la población expuesta a la mala calidad del aire, disminuyendo las emisiones de material particulado generadas en las zonas afectadas, razón por la que debe prohibirse la utilización de los combustibles y equipos que generan el problema.

 

 

Click para comentar

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Diario El Cachapoal - Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, Chile.
Fundado en Rancagua el 05 de Noviembre del 2003.