Numerosas reuniones sostendrá este mes el equipo profesional jurídico de la Seremi de Educación con sostenedores de establecimientos particulares subvencionados de la Región de O’Higgins, a objeto de interiorizarlos sobre la Ley de Inclusión Escolar y el cambio de tipo de financiamiento.
Asimismo, en los encuentros se ha destacado que los sostenedores particulares que no estén organizados como una persona jurídica sin fines de lucro y que estén percibiendo la subvención del Estado que regula la Ley de Subvenciones (DFL Nº2), del año 1998, del Ministerio de Educación, tienen plazo para transferir la calidad de sostenedor a una persona jurídica sin fines de lucro hasta el 31 de diciembre de 2017.
Aquellos sostenedores que les sea conveniente y opten voluntariamente por el cambio en el régimen de financiamiento a gratuito, podrán realizar el trámite hasta del 28 de agosto de 2015 y deberán llenar la solicitud que está disponible para su descarga en la página Apoyo Técnico a Sostenedores del sitio web Comunidad Escolar, la que debe ser entregada en la Secretaría Ministerial de Educación.
La gratuidad (y estar en SEP) son los únicos requisitos para recibir la nueva SEP para alumnos Preferentes. En ambos casos no será requisito ser una persona jurídica sin fines de lucro. En consecuencia, todos los establecimientos que tengan convenio SEP vigente recibirán dicha subvención con su correspondiente aumento (del 20%) a partir del próximo año y los que sean gratuitos recibirán también la SEP para alumnos Preferentes, cuyo valor será el 50% de la SEP.
