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TOP de Rancagua condena a 3 años y un día de presidio efectivo a autor de porte de arma de fuego prohibida

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua condenó, con costas, a José Luis Ibáñez Sánchez a la pena de cumplimiento efectivo de 3 años y un día de presidio, en calidad de autor del delito consumado de porte de arma de fuego prohibida. Ilícito perpetrado en marzo de 2022, en la comuna de Rengo.

En fallo unánime (causa rol 283-2023), el tribunal –integrado por  los magistrados Carolina Garrido Acevedo (presidenta), Felipe Cortés Ibacache y Rocío Castelló Cordero (redactora)– dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que aproximadamente a las 16 horas del 23 de marzo de 2022, Ibáñez Sánchez fue sorprendido por efectivos de Carabineros en el sector del terminal de buses de la ciudad de Rengo, “portando un arma de fuego de fantasía, de aquellas que se encuentran prohibidas, consistente en un arma con forma de lapicera, calibre .22 con un proyectil balístico del mismo calibre”.

Para el tribunal: “(…) los hechos antes descritos constituyen un delito de porte de arma de fuego prohibida, contemplado en el artículo 13, inciso 1º, en relación al artículo 3 letra c) de la Ley 17.798, puesto que se logró acreditar que el acusado mantenía en su poder y al interior de la mochila tipo morral que portaba, un arma de fantasía de fuego y una munición del mismo calibre, al momento de ser fiscalizado y que al ser manipulada por uno de los policías se disparó, hiriendo incluso a otro de ellos, siendo detenido, especie que se encontraba operativa y apta para el disparo, según la pericia realizada a dicho artefacto, realizando todas las acciones necesarias para entender que el delito se encuentra en grado de desarrollo de consumado”.

El tribunal aplicó, además, a Ibáñez Sánchez las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos, durante el tiempo que dura la condena.

Asimismo, se ordenó el comiso del arma y vaina balística incautadas en el procedimiento y su remisión a los Arsenales de Guerra o al Depósito Central de Armas de Carabineros.

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