Hasta el Primer Juzgado de Policía Local de Rancagua llegó el Intendente Juan Ramón Godoy Muñoz en compañía del director regional del SERNAC, Mauricio Retamal G., para presentar tres denuncias en contra de empresas de buses interurbanos que prestan servicios de transporte en O´Higgins.
Estas denuncias se interponen luego que la Dirección Regional del SERNAC, a través de la figura de Ministro de Fe, detectara una serie de hallazgos, que vulneran los derechos establecidos en la Ley del Consumidor y el Decreto 212 del Ministerio de Transportes.
Se trata de las empresas:
Buses Jet Sur, la cual no presentaba ni informaba en el local de ventas las tarifas regionales de los pasajes de sus servicios, esto de acuerdo al Decreto 212 artículo 52 del Ministerio de Transportes.
Buses Nilahue, debido a que se detectó que las tarifas indicadas al interior del bus no corresponden a las del recorrido. Es decir, los valores pertenecen a otras localidades fuera de la región.
Buses Ruta H, la cual no cuenta con letrero en la oficina de venta de pasajes que informe a los pasajeros que, en caso de solicitar la devolución del pasaje hasta con 4 horas de anticipación a la hora de salida del bus, la empresa estará obligada a devolver al menos el 85% del valor del pasaje. Además, no tiene a disposición de los consumidores formularios de declaración de especies que transporten, cuando estas tengan un valor superior a 5 UTM.
El Intendente de O´Higgins señaló que “lo que hemos hecho es presentar una denuncia que dice relación con la acción que ha realizado el Sernac como ministro de Fe en resguardo de los derechos de los consumidores. La Ley del Consumidor establece una normativa clara, al igual que la de Transportes. Estamos velando para que no haya un abuso hacia las familias que están disfrutando de las fiestas patrias. Es parte de lo que como Gobierno Regional estamos impulsando”, sostuvo.
Mientras que Mauricio Retamal puntualizó que “con estas acciones lo que buscamos como Dirección Regional es que la justicia aplique las máximas multas a las empresas infractoras, pero por sobre todo, que se adecúen sus prácticas comerciales a los estándares establecidos por la Ley del Consumidor y el Decreto 212 del Ministerio de Transportes”.
En la misma línea, explicó que durante el mes de agosto concurrió al Terminal O´Higgins “para verificar el cumplimiento de la ley por parte de las distintas empresas de transporte. Esta es la tercera vez que lo hacemos este año y las visitas anteriores también dieron origen a presentaciones de demandas, por lo cual con estas tres demandas estamos sumando 10 a empresas de transporte interprovincial”.
Derechos generales
En el mercado de los servicios de buses interurbanos, si bien existe libertad de precio, son los consumidores quienes deben premiar con su contratación de servicios a la empresa que le ofrezca la mejor relación de precio y calidad.
A su vez, los consumidores tienen derecho a que los precios informados se respeten y que se les otorgue información veraz y oportuna sobre el servicio ofrecido.
Además:
Los pasajeros de buses interurbanos tienen derecho a un servicio de calidad, lo que implica, ser transportados en condiciones de seguridad, a las velocidades autorizadas, y a que las empresas tomen todas las medidas para que no sufran daños, tanto los pasajeros como sus bienes.
Las condiciones acordadas deben ser respetadas. Por ejemplo, los pasajeros deben exigir puntualidad, tanto para las horas de partida como de llegada a los lugares de destino, y que se cumpla el itinerario.
Asimismo, a que exista coherencia entre lo ofertado y lo real (baños, TV, desayuno, salón cama, puntualidad horaria), así como no ser víctima de sobreventa de pasajes y ser indemnizado o reparado si esto ocurre.
La empresa está obligada a devolver, al menos el 85% del valor de su pasaje, si el consumidor lo anula con 4 o más horas de anticipación.
Los pasajeros, como cualquier consumidor, también tienen derecho a exigir las indemnizaciones por todos los daños sufridos por incumplimiento de las empresas.
En el caso del equipaje, los consumidores tienen derecho a que éste llegue a destino en buenas condiciones, así incluso lo ha señalado la Justicia. Si la empresa extravía su equipaje, deberá indemnizarlo con hasta 5 UTM (alrededor de $221 mil), según el Decreto 212 del Ministerio de Transportes.
Si el consumidor ha tenido la precaución de declarar el valor de lo transportado, la empresa deberá responder por el total de la pérdida. Para esto, debe solicitar el formulario de declaración de equipaje, el cual debe estar disponible en los locales de venta de pasajes.
No obstante, los consumidores siempre tendrán derecho de ir a Tribunales para exigir las indemnizaciones por todo el daño causado.
En caso de algún incumplimiento o infracción, el consumidor debe acercarse a la empresa, si ésta no responde o no proporciona una respuesta satisfactoria, puede presentar su reclamo en www.sernac.cl o en la oficina de la Dirección Regional del SERNAC o en las Oficinas de Atención al Consumidor de los diversos municipios de la región con las que contamos con convenios. Las consultas las pueden hacer al 600 594 6000.