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Ex Secretario Ejecutivo de la CNR opina que proyecto de reforma al Código de Aguas despachado a Comisión de Agricultura se contradice con la Constitución

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«El proyecto de ley de reforma al Código de Aguas que se tramita en la Cámara de Diputados, que fue aprobado por la Comisión de Recursos Hídricos y Desertificación y despachado a la de de Agricultura hace unos días, sigue contradiciéndose con la Constitución, tal como lo hemos venido advirtiendo hace varios meses, desde diversos sectores».

 

Así lo advirtió el ex Secretario Ejecutivo de la Comisión Nacional de Riego y actual Gerente General de MAS Recursos Naturales, Felipe Martin, quien detalló que «cuenta con indicaciones del Ejecutivo que, si bien reconocen el uso, goce y disposición de los derechos de aprovechamiento que existan con anterioridad a la entrada en vigencia de esta reforma, esto sólo se reconoce en conformidad a la ley y no a la Carta Fundamental que los protege expresamente, manteniendo así el gran cuestionamiento Constitucional del proyecto de ley en discusión, ya que permite la extinción de estos derechos por no uso, así como también la caducidad por su no inscripción dentro de los plazos que el proyecto otorga».

 

«Esto -prosiguió- contraviene en absoluto lo dispuesto por el artículo 19 N°24 incisos 1 y final de la Constitución Política de la República, que otorga propiedad respecto de los derechos de los particulares sobre las aguas, reconocidos o constituidos en conformidad a la ley, además del inconveniente de la retroactividad de la norma».

 

Inclusive, Martin puntualizó que «la caducidad de derechos de aprovechamiento es ilegal actualmente, lo cual ha sido plasmado en fallos y pronunciamientos de la misma administración a través de Contraloría General de la República, que dictaminan como ilegal la caducidad administrativa de un derecho de aprovechamiento justamente por la propiedad con que se encuentran investidos. Es decir, en dicho caso ya existe la resolución administrativa o resolución judicial que otorgó el derecho de aprovechamiento al particular, no siendo actualmente un requisito de existencia la inscripción conservatoria, ya que la ley reconoce los derechos de aprovechamiento aún por su uso consuetudinario, como en materia indígena”.

 

Finalmente, nuevamente reiteró la preocupación que tiene por los efectos que esto tendrá en el desarrollo de inversiones y en la disminución de empleos, ya que una reforma de este tipo hace imposible desarrollar proyectos con una seguridad frente a un recurso clave para cualquier industria.

 

 

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